
La asociación Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO) rechazó la resolución oficial por la cual se aprobó un nuevo cargo tarifario específico que la empresa Camuzzi Gas del Sur comenzará a trasladar a 126.711usuarios residenciales, comercios, pymes y clubes de barrio de la Patagonia por el pago de una obra debió realizar el Estado Nacional.
El nuevo monto que recaerá sobre los clientes hogareños de Camuzzi de Río Negro, Neuquén y Chubut equivale al 35% del valor correspondiente al cargo fijo de las facturas de gas.
Según la resolución 575/2026 del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Enrege), la recaudación de ese cargo se destinará a repagar las obras de ampliación del Gasoducto Cordillerano Patagónico que permitieron recuperar capacidad de transporte y habilitar nuevas conexiones en 25 localidades.
Tras recordar que en mayo de 2024 se había firmado un acuerdo entre la Nación y las provincias Neuquén, Río Negro y Chubut para terminar las obras sin ninguna mención a la aplicación de recargos tarifarios, DEUCO fundamentó su rechazo a la medida del ente regulador con los siguientes argumentos:
-El recargo del 35% al “cargo fijo” de la factura que deberán pagar los usuarios no quedará congelado y se ajustará según la variación de la tasa de interés BADLAR que los bancos de Neuquén y Chubut le cobran a Camuzzi por la financiación de las obras.
-Los usuarios deberán pagar un total de $ 55.429 millones, de los cuales los costos financieros, fiscales y fiduciarios proyectados ascienden a $28.923 millones. En consecuencia, más de la mitad del monto global de $55.429 millones no corresponde, según esa clasificación, a obra física sino a componentes financieros, fiscales y fiduciarios.
- Al aplicarse el aumento de tarifas mensual por aplicación de la normativa establecida por la Secretaría de Energía, el valor del cargo fijo se modifica y aumenta el monto a pagar por el usuario.
-Si al cierre de la obra surgen de las auditorías técnica y económica mayores costos y una posible ampliación de las obras, el cargo fijo volverá a ser ajustado.
-Se autoriza a la empresa a incrementar el porcentaje del recargo específico si se produce una caída sostenida de la recaudación, como producto de la morosidad.
-Un "cargo específico" no puede disponerse mediante una resolución administrativa de la Secretaría de Energía, ni del ENReGE. Su creación requiere indefectiblemente una ley del Congreso de la Nación.
- El ENReGE ha omitido acreditar en el expediente de la consulta pública si para la adjudicación de la obra remanente se realizó licitación pública, concurso, compulsa de precios o contratación directa. Tampoco consta la nómina de oferentes, cuadros comparativos, ni el dictamen previo del regulador sobre la evaluación técnica-económica.
-Se aprobó el traslado del monto a la tarifa sin realizar una auditoría de eficiencia previa sobre los costos de mercado, incumpliendo el procedimiento esencial exigido por la ley 19.549 de Procedimientos Administrativos.
-El tiempo de aplicación del recargo específico es por 5 años, con un monto final indeterminado en función de las actualizaciones previstas en la normativa.
-Los usuarios que aportan el financiamiento de la obra, no reciben ningún tipo de compensación económica, ni en metros cúbicos de gas.
Fuente: TyE

