Por Antonio Rossi

Junto con las actualizaciones mensuales que correrán desde el 1 de mayo con un impacto en las facturas finales del 2,4% y 2,5%; el gobierno de Javier Milei aprobó los nuevos esquemas tarifarios y cambios regulatorios para los servicios energía eléctrica y gas surgidos de las “Revisiones Quinquenales Tarifarias” (RQT) que regirán hasta mediados de 2030.
Por medio de una batería de resoluciones del ENRE y el Enargas; la gestión libertaria convalidó las “hojas de rutas” para los ajustes tarifarios que deberán afrontar en los próximos cinco años los usuarios residenciales de Edenor y Edesur y de las gasíferas privadas que prestan el servicio a nivel nacional.
En el caso del servicio eléctrico de la región metropolitana de AMBA, el nuevo escenario que queda instalado por la entrada en vigencia de las RQT presenta ocho puntos claves:
- Para llevar adelante los planes de inversiones aprobados para el próximo lustro, las autoridades energéticas otorgaron a Edenor un aumento real en sus “costos propios de distribución” (CPD) del 14,35% y Edesur, del 15,69%.
- Con el fin de minimizar el impacto inflacionario, el traslado de esos incrementos reales a las facturas finales se realizará de manera gradual durante un período de 30 meses. A partir de junio y hasta noviembre de 2027, las boletas de luz de Edenor registrarán una suba mensual del 0,42%; mientras que las correspondientes a Edesur aumentarán 0,36%.
- A ese incremento fijo se adicionará la actualización mensual que arroje la variación de los precios minoristas y mayoristas mediante la aplicación de una fórmula automática destina a preservar los ingresos reales de las distribuidoras.
- A partir de diciembre de 2027, el CPD del cuadro tarifario solo se verá afectado por el efecto precio dado por la fórmula de indexación, con frecuencia mensual, y el ajuste anual que pudiera existir por desvíos en el cumplimiento del plan de inversiones.
- Los cuadros tarifarios de ahora en adelante se calcularán sobre la base de: a) los precios estacionales de energía y potencia del mercado spot que fije la Secretaría de Energía hasta que se restablezcan las condiciones de mercado de libre contratación entre distribuidoras y generadoras; b) el costo unitario por el uso del sistema de transporte; y c) los costos propios de distribución (CPD) vigentes y los gastos de comercialización expresamente reconocidos.
- Esos cuadros tarifarios se ajustarán cuando se produzcan variaciones en los precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y por la aplicación del nuevo mecanismo de actualización del CPD.
- Según la letra chica de las RQT eléctricas, “el propósito del mecanismo de ajuste del CPD es preservar en términos reales el valor de la tarifa a lo largo del tiempo”. Las variaciones mensuales de precios serán trasladadas a los CPD por medio de una polinómica en la que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) tendrá una ponderación del 33% y el Índice de Precios Mayorista (IPIM) del 67%.
- En cuanto a los encuadres tarifarios, los cambios introducidos comprenden: a) una adecuación de las subcategorías residenciales para reflejar de una manera más progresiva los costos de prestación del servicio; b) una modificación en la facturación del “alumbrado público” para estimar el consumo en función de la cantidad de lámparas, los equipos auxiliares y las horas de funcionamiento; y c) una tarifa de compra diferenciada para los usuarios generadores T1 que cuentan con la capacidad de medición de potencia y energía por bloque horario.
Por el lado del gas, la intervención del Enargas aprobó las RQT de las distribuidoras (Metrogas, Naturgy, Gasnea, Camuzzi Gas del Sur, Camuzzi Pampeana, Litoral Gas, Gasnor, Gas del Centro y Gas Cuyana) y de las transportadoras (TGN y TGS) que contienen un esquema de aumentos graduales similares a los otorgados a las operadoras eléctricas.
Los ingresos específicos de las gasíferas tendrán en mayo una mejora promedio del 3% y en los próximos 30 meses irán acumulando subas reales del orden del 0,5% promedio para cubrir las obras e inversiones comprometidas en la renegociación quinquenal.
En el caso de Metrogas, el plan de inversiones a pagar con esos aumentos reales asciende a $ 160.000 millones.
Al igual que las eléctricas, también tendrán un “mecanismo de ajuste periódico de los ingresos específicos que sostenga los principios de gradualidad y previsibilidad”. Si bien no quedó expresamente definido, las resoluciones del Enargas anticiparon que dicho mecanismo se conformará con “la combinación en partes iguales del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) y el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicados por el Indec”.
En cuanto al encasillamiento tarifario, los cambios aprobados establecieron la creación de una nueva categoría residencial R-4 “que agrupa a los usuarios de mayor consumo, con un cargo fijo ajustado al promedio de consumo y un componente variable que incentive la eficiencia energética”.
Esa nueva categoría R4 abarca a los hogares que consumen más de 3.000 metros cúbicos mensuales. Los que se encuentran en el área de Metrogas, arrancarán pagando un cargo fijo mensual de $ 67.895 y un precio del gas 40% más caro que el fijado para las restantes subcategorías domiciliarias.
Fuente: iProfesional